Estimados Clientes Cobergroup
Adjunto les hacemos llegar Circular emitida por la Superintendencia de la Actividad
Aseguradora SAA-9-4534-2022 de fecha 15-06-2022, dirigida a los sujetos regulados regidos
por el Decreto de Ley de la Actividad Aseguradora y Público en General, en la cual ratifican
a las empresas de seguros y de medicina prepagada, lo dispuesto en el Art. 128 del Decreto
con Rango y Valor de Fuerza de Ley del Banco Central de Venezuela, en concordancia con
lo establecido en el artículo 8 del Convenio Cambiario Nro. 1 de fecha 21 de agosto del 2018
y las Normas que Rigen la Suscripción de Contratos de Seguros, de Reaseguros, de Medicina
Prepagada, de Administración de Riesgos, De Fianzas o de Reafianzamientos en Moneda
Extranjera, publicadas en la Providencia Administrativa Nro. SAA-2-0026 de fecha 23 de
abril del 2022.
Dada la importancia que representa su contenido, le invitamos a su lectura para
consideración al realizar el pago de las primas.
En términos interpretativos:
- Al realizar el pago de la prima en bolívares (Bs.) la compañía de seguros
indemnizará ante una pérdida total del bien asegurado en la misma moneda. - Al realizar el pago de la prima en otra moneda, la compañía de seguros
indemnizará ante una pérdida total del bien asegurado en la misma moneda,
asimismo, podrán liberarse pagando en bolívares, a la tasa de cambio oficial
determinada por el Banco Central de Venezuela, para la fecha del pago.
En caso de que la compañía de seguros indemnizará una pérdida total del bien asegurado
en una moneda diferente con la cual se pagó la prima, sugerimos contactarnos a fin de
gestionar ante la aseguradora la indemnización en la moneda correspondiente.
Cobergroup, C.A. en procura de obtener la mejor condición de indemnización de las
aseguradoras ante un evento de pérdida total, sugiere a sus asegurados cancelar la prima
en la moneda origen de la emisión de la póliza, sin que ello afecte la disponibilidad de su
pago.